DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tercero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por el Ministerio Público recibida en fecha 30 de septiembre de 2010 por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, en el sentido que se acuerde la prórroga establecida en el cuarto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal en cuanto a la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada en contra del ciudadano ALEXIS GIOVANNY LORENZO MUÑOZ, imputado en la presente causa, dejando expresa constancia que el vencimiento para la presentación del acto conclusivo correspondiente se verificará en fecha 1 DE NOVIEMBRE DE 2010. ASÍ SE DECLARA.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la pre.....