Ratifica la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada por este Tribunal en decisión de fecha 03 de Diciembre de 2002, al ciudadano JOSEPH DIEUMIL FREMON, y en consecuencia NIEGA la solicitud de revisión de medida efectuada por los abogados HILDA CECILIA GUERRA y LANGE NAVARRO, en su carácter de defensores judiciales del mencionado imputado.