DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de la ciudadana NORKYS JOSEFINA VALLENILLA, de nacionalidad Venezolana, Natural de Cumana Estado Sucre, fecha de nacimiento 24-06-1980, de 25 años de edad, estado civil soltera, profesión u oficio trabaja con las misiones, hija de RAMÓN ANTONIO MORA (F) y CARMEN FELICIA VALLENILLA (v), titular de la cédula de identidad N° 15.249.248 y residenciada en carretera vieja de Las Minas de Baruta zona Industrial Naya sector Polifibra (galpón), por la presunta comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y El Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ello de conformidad con lo establecido en los artículo 250 y 251 ordinales 2, 3 y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal, y así mismo se ordena la aplicación del procedimiento abreviado por flagrancia, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo.....