este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamiento: ADMITE TOTALMENTE la acusación formulada por la DRA. AMALIDYS SUCRE, en su condición de Fiscal Novena del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra de la ciudadana EUDENIS DEL ROSARIO CERMEÑO VELASQUEZ, arriba identificada, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en al art. 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas ultimo aparte. Se ADMITEN las pruebas ofrecidas por la Vindicta Pública en su escrito acusatorio por considerarlas legales, necesarias, útiles y pertinentes para el descubrimiento de la verdad. En consecuencia se CONDENA a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS y TRES (03) MESES DE PRISION a la ciudadana E.....