Este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CONDENA al ciudadano LENIN ALEJANDRO LEON DURAN, arriba identificado, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Diocis Suárez y Héctor Krogger, condenándosele igualmente a cumplir la pena accesoria establecida en el artículo 16, numeral 1, ejúsdem y 179, numeral 5, de la Ley de Transporte Terrestre, referida a la suspensión de la licencia de conducir por el lapso de Cinco (05) Años.
Por otra parte queda exonerado del pago de las costas procesales, dada la gratuidad de la justicia, de conformidad con lo previsto en el artículo 26, único aparte, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Igualmente, co.....