DECLARA IANDMISIBLE la Acción de Amparo (Mandamiento de Habeas Corpus), interpuesto por la Abogada Liébana Lares Rojas, el 12/5/03, de conformidad con lo previsto en el ordinal 1° del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, toda vez que, la violación o amenaza el derecho o denunciado como presuntamente violado cesó una vez que le fuera otorgada la libertad a FRANCISCO JOSE HUIZI ARTEAGA y que éste Tribunal verificara que su detención se produjo por una orden judicial.