DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el Fiscal Primero del Ministerio Público DR. CHRISTIAN QUIJADA, y por la DRA. ANA CONDE, Fiscal Cuadragésima Octava a Nivel Nacional, con Competencia Plena en materia Penal, Tributaria y Aduanera de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, mediante la cual requieren se decrete el sobreseimiento de la causa, conforme a lo dispuesto en el primer supuesto del numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, y en su lugar SE ORDENA la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Superior el Ministerio Público en el Estado Vargas, de conformidad con lo establecido 323 del texto adjetivo penal.