Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Estadal y Municipal de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ordena abrir el juicio oral y público en la Causa seguida al ciudadano HECTOR ALFONSO PRIETO MATERANO, arriba identificado, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE GUERRA y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 458, 274 y 286, respectivamente, todos del Código Penal, emplazando a las partes para que, en el plazo común de cinco (05) días, concurran ante el Tribunal de Juicio que corresponda, conforme lo prevé el artículo 68, numeral 2, del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose a la Secretaria del Tribunal, remitir anexas a oficio, las actuaciones originales a dicho Juzgado.