DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: PRIMERO: CONDENA a los acusados a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del Delito de: HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA FRUSTRADO en perjuicio de LUIS ESTÉVEZ, tipificado en el artículo 406 ordinal 01 en concordancia con el articulo 80 del Código Penal. SEGUNDO: Se CONDENA al ciudadano RONNY ALEJANDRO GIL LOPEZ, titular de la cédula de identidad N° 16.114.894, a cumplir la pena de cinco (05) AÑOS DE PRISION, por la comisión del Delito de: HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA FRUSTRADO en perjuicio de LUIS ESTÉVEZ, tipificado en el artículo 406 numeral 1 en relación con el articulo 80 y 84 numeral 1, todos del Código Penal, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecida.....