PRIMERO CONDENA a los ciudadanos CRUZ RAFAEL MUNDARAIN OSES Y RAFAEL ANTONIO RODRIGUEZ, plenamente identificados, a cumplir la pena de DOS AÑOS Y SEIS MESES DE PRISION, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSA PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en los artículos 470 primer aparte del Código Penal, en aplicación del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se les condena igualmente a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal vigente. TERCERO: Sobre la base de la pena impuesta y al tiempo que tiene detenido los acusados se fija provisionalmente el cumplimiento de la pena para el 16-08-2008, ello de conformidad con lo previsto en el segundo aparte del artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se le exonera al pago de las costas procesales en atención a lo previsto en el artículo 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. QUINTO: Se Decreta el Sobreseimiento de la Causa, confo.....