DISPOSITIVA.
Por todos los razonamiento antes expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NEGAR, LO ORDENADO POR LOS PROFESIONALES EN PSIQUIATRÍA, que han tratado al ciudadano CARLOS VARGAS CALZADILA , Ello, en virtud, que ha juicio de esta Juzgadora, no le permite aseverar la necesidad de la hospitalización "ordenada", "termino por cierto este mal utilizado, por los psiquiatras," que practicaron examen al ciudadano CARLOS VARGAS CALZADILA, como lo fue las Evaluación médica psiquiátrica, emanada de la División de Psiquiatría Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, suscrita por el Dr. MARCOS GÓMEZ, de la cual someramente se infiere respecto del estado mental del imputado, CARLOS VARGAS CALZADILA, que su diagnostico se contrae a: EPISODIO PSICOTICO CRONICO.....