PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de Sobreseimiento presentada por el Ministerio Publico y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA SEGUIDA A LA CIUDADANA GELVIS LEON LAURA MARGARITA, de Nacionalidad Venezolana, Natural de Caracas, con fecha de nacimiento el 31 de Diciembre de 1.967, de 34 años de edad, de Estado Civil Viuda, de profesión u Oficio Comerciante, hija de Gelvis Herman Antonio y de León de Pelvis Maria Visitación, titular de la Cedula de Identidad Numero V:6.966.903 y residenciada en: Final Avenida Boyacá, Sector Los Maracuchos, Casa Nº 27, El Cementerio, Caracas, de conformidad con lo establecido en el articulo 318 en su ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de que el hecho imputado por el Ministerio Publico no puede atribuírsele. SEGUNDO: Acuerda y Ordena el cese de la medida de coerción dictada en contra de la referida ciudadana GELVIS LEON LAURA MARGARITA, en virtud de lo cual se ordena el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de L.....