CONDENA al acusado SENJORC KETKAY MAYORA AVILA, ampliamente identificado al inicio de la presente decisión, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos y, en virtud de la aplicación del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le condena igualmente a cumplir a las penas accesorias establecida en el artículo 13 del Código Penal y se le exime del pago de las costas procésales contempladas en el artículo 267 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 254 de la Constitución Bolivariana de Venezuela