DISPOSITIVA
Sobre la base de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio del Circuito Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la solicitud del Ministerio Público, en el sentido de que le sea revocada la Medida Cautelar Sustitutiva acordada al Imputado JOSE DEL CARMEN SANDREA y por tanto acuerda MANTENER LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITIVAS impuestas y se ORDENA al ciudadano JOSE DEL CARMEN SANDREA, consignar al Tribunal la dirección exacta de su domicilio y de su lugar de trabajo.