DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la defensa del ciudadano GUILLERMO JOSÉ LEAL ARTIGAS y en consecuencia se MANTIENE la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada en su contra, al apreciar en concreto la eventual pena que podría imponerse y la gravedad del hecho, manteniéndose la presunción del peligro de fuga conforme a lo establecido en los numerales segundo, tercero y parágrafo primero del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que el procedimiento se encuentra asegurado exclusivamente con la imposición y mantenimiento de la medida impuesta.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente decisión, notifíquese a las part.....