DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por Abogado EDUARDO ENRIQUE BRITO en su condición de Defensor de la acusada NEREA COLL GARCIA, toda vez que consideró extemporánea la interposición en esta etapa procesal de las excepciones opuestas en el escrito en el cual solicita la nulidad del procedimiento, así como las pruebas ofrecidas para ser evacuadas en el debate oral.