CONDENA al ciudadano GESTHAR JOSÉ PADRON MORENO, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.857.202, portador del Pasaporte Nº 003236895 de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 06/12/1981, de 25 años de edad, de estado civil soltera, hija de JOSE LUIS PADRON (V) y NAIZA CELINA MORENO (V), residenciado en: Barinas, urb. La Rosaleda, Calle 10, casa Nº 227, Estado Barinas, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en la parte infine del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos. Y ASI SE DECIDE.