DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: NIEGA la solicitud interpuesta por el Abg. JUAN CARLOS GOYO, en su condición de Defensor Público Penal de los acusados JEFERSON DOMINGO RAMOS MURO, JOSE FELIX HERRERA REVENGA, MARIBEL DEL CARMEN DIAZ LARES, LEOMARY CHIQUINQUIRA DIAZ LARES Y LEANDRO MANUEL LARES, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-16.309.777, V-22.278.979, V-10.442.095, V-24.406.914 Y V-25.488.022, respectivamente, en el sentido que se le imponga una medida menos gravosa a la privación preventiva de libertad, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 229, 230 y 250 todos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se insta al Defensor Publico Penal, al momento de efectuar cualquier solicitud, sea e.....