Por todos lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto De Primera Instancia En Lo Penal En Funciones De Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud interpuesta por la Abogado BELKIS VILLEGAS, Defensora Publica Sexta Penal del acusado DARWIN JOSE LEDEZMA MEDINA, titular de la Cédula de Identidad nro. V- V-20.783.414, por considerarla procedente y ajustado a Derecho conforme al contenido de los artículos 9, 244, 264, 256 todos del Código orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se impone al referido acusado las Medidas Cautelares Sustitutivas contempladas en el artículo 256 ordinales 3°, 4º, 6º y 8°, en relación con el artículo 258, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.