CONDENA al ciudadano LUCA DE PIERO, quien es de nacionalidad Italiana, natural de Grosseto, Italia, nacido en fecha 12-05-1967, de 38 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, hijo de Luana De Piero y Paolo de Piero, residenciado en Vía Giacomo, Zabella, Casa No. 10, Grosero No. 58100 y Titular del Pasaporte Italiano No. C942138, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra El Trafico Ilícito y El Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Igualmente se le condena a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 61 ordinales 1 y 4 de la Ley Orgánica Contra El Trafico Ilícitos y El Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, la expulsión del espacio geográfico una vez que cumpla la condena y el decomiso del Boleto Aéreo de la aerolíne.....