En virtud de lo arriba expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud de DECAIMEITNO DE LA MEDIDA interpuesta por el acusado de autos ciudadano PEDRO IGNACIO COLINA CHACON, arriba identificado, de conformidad con lo previsto en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal.