En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO seguido al acusado ARNALDO JOSE FERNANDEZ MILLAN, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas ¿ Distrito Capital, nacido en fecha 04/09/1966, de 45 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 6.866.352, residenciado en: Urbanización la Atlántida, calle 15, Quinta Galiz, Catia la Mar estado Vargas. Teléfono (0414) 240-56.48, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 453 numeral 3, en relación con el artículo 80 segundo aparte, ambos del Código Penal vigente para el momento en que ocurre el hecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 .....