Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos BELLO GOMEZ ANGEL ANTONIO, de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, residenciado en Calle Bogotá Cementerio, casa Nro. 38, parroquia Catia la Mar, estado Vargas y titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 17.482.936 y RODRIGUEZ VIVAS ANGELY SARAHI, de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, residenciada en la Calle Bogotá Cementerio, casa Nro. 38, parroquia Catia la Mar, estado Vargas e indocumentada, de conformidad con lo establecido en los artículos 300 ordinal 3º y 48 ordinal 8º todos del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la oficina de Archivo Judicial de este Circuito Judicial Pena.....