DISPOSITIVA
Visto el razonamiento antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: AUTO DE EJECUCION DE SANCION (Orientación Verbal) a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, los cuales fueron declarado responsable penalmente por Sentencia del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA y se ordenó Imposición de esta Ejecución de Sentencia para el día 29/03/2016 a las 11:30 horas de la mañana, conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a la Fiscalía conforme al artículo 472 último aparte del COPP. Cítese a las Defensores Pública y Privada y a los sancionados conjuntamente con sus representantes legales. Cúmplase.