Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el Defensor Público Séptimo, abogado Juan Carlos Goyo, mediante el cual solicita la revisión de la medida de coerción personal impuesta al acusado Diuvan Enrique Mendoza Hernández, ello en aplicación del artículo 237 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal.