En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Sexto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano GERMAN BENITO SANDOVAL GONZALEZ, titular del pasaporte de la república de Bolivia N° 5895881, quien dijo ser de nacionalidad boliviana, natural de Santa Cruz, Bolivia, nacido en fecha 02-10-1982, de 26 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Obrero, hijo de Aida González (v) y Benito Sandoval (v) y con residencia en: Urbanización San José Obrero, Manzana 8, Zona Sur, Santa Cruz, Bolivia, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en .....