En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Sexto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA al acusado FRANK NAGBE, de nacionalidad Suiza, nacido en Moronvia, luncopins, en fecha 19/05/1890, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer de camión, hijo de Richard Nagbe (f) y de Stella Nagbe(f) titular del pasaporte N° 80254075, a cumplir la pena de (08) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos. SEGUNDO: Se le condena igualmente a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo art.....