Se CONDENA al ciudadano RICARDO ANTONIO DA ACOSTA PEREIRA, quien es de de nacionalidad portuguesa, Portador del Pasaporte de la Unidad Europea Portugal N° J749804, nacido el 08-04-1978, de profesión u oficio constructor civil, de 30 años de edad, hijo de Franklin Riveiro Pereira y de Maria Elena Da costa, residenciada en Sao Matheau, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se le condena igualmente a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal vigente, relativas a la inhabilitación política y a la sujeción a la vigilancia y las penas accesorias establecidas en el a.....