En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Sexto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano ALEJANDRO PASEWALD LOPEZ, quien dijo ser de Nacionalidad Española, Natural de España Almeria, nacido en fecha 11-10-74, de 34 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Chofer, hijo de Peter Bodo Kurt (v) y de Remedio López (v), titular de la cédula de identidad N° E-BF114548, residenciado en Almeria calle Granada Nº 80, Almeria España, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que qu.....