Este Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud formulada por el imputado Jairo Antonio Rodríguez Brito, titular de la cédula de identidad No. V- 13.076.505 y en consecuencia DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA al mencionado ciudadana de conformidad con lo establecido en los artículos 264 y 256, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.