DISPOSITIVA
Este Tribunal Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: CONDENA al ciudadano RODOLFO JOSE MATA LOYO, titular de la cédula de identidad Nº V-16.508.940, a cumplir la pena de DIEZ MESES, VEINTISEIS DIAS Y SEIS HORAS DE PRISION por la comisión del delito de PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el artículo 176 Código Penal, ello en aplicación del artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se les exonera del pago de costas procesales, de conformidad con el principio de gratuidad establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. TERCERO: Se le impone la pena accesoria prevista en el artículo 16 del Código Penal. CUARTO: Este Tribunal no fija fecha provisional de cumplimiento de pena por encontrarse el acusado en libertad.