Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano YARDI FRACHI LOMBANO MAYORA, portador de la cédula de identidad V-11.062.210, de nacionalidad Venezolano, natural de La Guaira, nacido en fecha 24/06/1968, de 37 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio obrero, hijo de Lucrecio Lombano (v) y Calista Mayora (f), residenciado en: Simetaca, Conjunto Residencial Ana Victoria, Piso 03, Apto. C35, Montesano, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley de Violencia contra la Mujer y la Familia, vigente para el momento de los hechos, todo lo antes decretado de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 3º, en concordancia con los artículos.....