En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Sexto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano MARCELINO MONTAÑO CONTRERAS, portador del pasaporte N° G02922333, quien dijo ser de nacionalidad Mexicano, natural de México Distrito Federal, nacido en fecha25-10-1958, de 50 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio comerciante, hijo de Sofía Contreras (v) y Jesús Montaño (f) y con residencia en: Cedro 202 interior 65 colonia Santa María La Rivera, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lug.....