Declara SIN LUGAR la solicitud presentada por la Dra. MARIA DEL ROSARIO LARA, en su carácter de defensora del ciudadano DENYS EDUARDO FIGUERA REQUENA, mediante el cual requiere el examen y revisión de la medida de privación judicial preventiva de libertad dictada en contra de su defendido, de conformidad con lo dispuesto en artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, y se le otorgue medida menos gravosa de las establecidas en los artículo 256 y 258 ejusdem.