Declara SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por el DR ROBERTO VELASQUEZ TAYUPO, en su carácter de Defensor de la acusada MARGARITA JOSEFINA CASTILLA DE CONDE, en el sentido que le sean otorgadas las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad previstas en los numerales 1º y 4º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que las condiciones de salud de la acusada en el presente caso no encuadran dentro de los supuestos de excepción o limitación previstos en el artículo 245 Ejusdem, y por cuanto las finalidades del proceso se encuentran aseguradas con la imposición y mantenimiento de la medida impuesta a la referida acusada por el Juzgado Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal.