En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Sexto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos: CONDENA al ciudadano: ILLANES CAMPOS MANUEL, titular del pasaporte Nº AAA621060, de nacionalidad Española, nacido en MANTAUTE DE LOMUS, LUGO en fecha 17/04/1955, estado civil soltero, hijo de María Aura Campos (v) y de Manuel Illanes (v), residenciado en Avenida de Galicia, 28, Primero D, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO: Se le condena igualmente a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 61, numerales 1º y 4º de la referida ley, el cual se refiere a la expulsión del territorio .....