DECRETA LA LIBERTAD del ciudadano JOSE RAMON PANTOJA, en virtud de haber cumplido la pena impuesta el 6/05/03, por el Juzgado Tercero de en Función de Juicio de este Circuito Judicial, , por la comisión del delito de de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, quedando sujeto a la vigilancia de la autoridad como pena accesoria establecida en la sentencia definitivamente firme dictada en su contra.