En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REVOCA el Beneficio de de la formula alternativa de cumplimiento de Destacamento de Trabajo, concedida a favor de la ciudadana: LUZ YAJAIRA SALAS SILVA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 13.918.614, en virtud de la solicitud de REVOCATORIA efectuada por la Coordinadora de la Unidad Técnica de Apoyo N° 03 al Sistema Penitenciario Santa Ana de San Cristóbal estado Táchira, adscrito al Ministerio de Interior y Justicia, en virtud de la conducta evasiva de la prenombrada ciudadana la cual produce el incumplimiento reiterado de la condiciones en el impuestas por el Centro de Centro de Pernoctas ubicado en el Centro Penitenciario de Santa Ana estado Táchira y por ende la revocatoria de la medida señalada ut supra.