ACUERDA LA CONMUTACIÓN DEL RESTO DE LA PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR al penado OSCAR MONASTERIOS, ampliamente identificado, EN LA DE CONFINAMIENTO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Código Penal, por lo cual queda obligado a residir en la Calle Tocuyito, entrada Machillanda, Ocumare del Tuy, con un régimen de presentación semanal por ante la Prefectura de ese Municipio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 20, segundo aparte, eiusdem, por el lapso de CUATRO (04) AÑOS CUATRO (04) MESES TRECE (13) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, cumpliendo en definitiva la pena el 07/09/09 A LAS DOCE (12) HORAS, por aplicación del artículo 53 del Código Penal.