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Decisiones del dia 29/10/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : WP01-P-2007-000964 N° Sentencia : WP01-P-2007-000964 Fecha: 29/10/2009
Procedimiento:
Nuevo Computo De Pena
Partes:
GIUSEPPE SIBILLI
Resumen:
Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales el penado podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena. Al respecto se observa: 1. TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplirá el día 18 de Octubre de 2009 2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplió el día 18 de Junio de 2010 3. LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la pena, la cual cumplirá el día 18 de Febrero de 2013 4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas partes (3/4) de la pena, la cual cumplirá el día 18 de Octubre de 2013 La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el día 18 de Octubre de 2015
Juez/Ponente:
Yolexsi Urbina
Organo:
Juzgado Primero de Ejecución
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N° Expediente : WP01-P-2007-000964 N° Sentencia : WP01-P-2007-000964 Fecha: 29/10/2009
Procedimiento:
Redención De Pena Por El Trabajo Y/O El Estudio Y
Partes:
GIUSEPPE SIBILLI
Resumen:
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena al ciudadano GIUSEPPE SIBILLI, de nacionalidad Italiano, natural Nápoli, Italia, donde nació en fecha 24 de Julio de 1955, de 52 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Calazzo Magdalena (f) y de Luiggy Sibilli (f), domiciliado en la Avenida Bolívar de Catia, cerca de la Electricidad de Caracas, titular del Pasaporte de la Unión Europea, Republica De Italia Nro. D345493, de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de Tres (03) Meses y Diecisiete (17) Días.
Juez/Ponente:
Yolexsi Urbina
Organo:
Juzgado Primero de Ejecución
arriba

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