ACUERDA excluir de los registros policiales que pudieran presentar el ciudadano: GERARDO DE JESUS HERNANDEZ MORA, ya identificado, en virtud de haberse dictado sentencia de SOBRESEIMIENTO a su favor, en fecha 26/08/04, de la imputación efectuada en su contra por la Fiscal Octavo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, DRA. IRDE CAPOTE, por el delito de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el artículo 377 del Código Penal, cometido en perjuicio de ABELEIDYS GERARDINE RADA ROMERO; de conformidad con lo establecido en los artículos 318 numeral 1°, 48 numeral 7 ° y 45 todos del Código Orgánico Procesal Penal.