Otorga la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano DANNY JESUS VELASQUEZ MACHADO, portador de la cédula de identidad N° V-16.871.732, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 18-03-1983, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de oficio Electricista, hijo de Cruz López y Dominga Machado, residenciado en Petare, parte alta Marin, Caracas, Distrito Capital, de conformidad con lo establecido en los artículos 494 del Código Orgánico Procesal Penal, acordándole un régimen de prueba de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES, quedando obligado a cumplir las condiciones establecidas en la parte motiva de la presente decisión, con la advertencia que el incumplimiento de alguna de las condiciones mencionadas, dará lugar a la revocatoria del Beneficio otorgado.