En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA de la ciudadana penada ANJELIQUE CAROLINA NARANJO RINCON, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, nacida en fecha 12 de julio de 1986, de 26 años de edad, de profesión u oficio comerciante, hija de Hugo Naranjo (f) y Glesell Rincón (v), domiciliado en la urbanización Villa Baralt, casa Nº 5-55, vía la Concepción, Maracaibo, Estado Zulia, e identificado con cédula de identidad Nro. V-18.055.944, antes identificado por cumplimiento de la pena de DOS (02) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISION, impuesta en fecha 26 de Febrero de 2010, dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITA DE SUSTANCIAS.....