DECLARA redimida la pena a JOSE PORFIRIO GRANDA CHICA, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de VEINTINUEVE (29) DIAS Y UNA (01) HORA, cumpliendo en definitiva la pena impuesta el 03-03-2004 a las 11 horas.