DISPOSITIVA.-
Por todos los razonamiento antes; este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA IMPUESTA, así como la RESPONSABILIDAD PENAL del ciudadano ROBERTO ANTONIO DELGADO GIL, Venezolano, natural de Caracas, nacido el 07-06-1984, de 31 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.558.936, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comunicador Social, domiciliado en: La urbanización Carlos Delgado Chalboud, Parroquia Coche, Municipio Libertador, Caracas, Distrito Capital, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 409, del Código Penal, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar establecidas mediante la presente, asimismo, a cumplir las penas acc.....