DECLARA redimida la pena al ciudadano MARTINEZ MILLAN FRANKLIN JOSE, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de TRES (03) MESES, SEIS (06) DIAS y 12 HORAS, cumpliendo en definitiva la pena impuesta en fecha 16-03-2003 A LAS 12 HORAS.