DISPOSITIVA.
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA LIBERTAD CONDICIONAL, al ciudadano NEHOMAR FRANCISCO SAAVEDRA DUVEN, titular de la cédula de identidad Nº V-16.726.948, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, fecha de nacimiento 25-11-1985, de 24 años de edad, soltero, domiciliado en Barrio Canaima, La Planada, Callejón Inmaculada Concepción, casa Nº 172, hijo de Juan Saavedra y de Amarilys Duven, parroquia Catia La Mar, Estado Vargas, como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena, en virtud del cumplimiento de lo establecido en los artículos 479, ordinal 1º, en concordancia con lo señalado en el artículo 500, ambos del Código Orgánico Procesal Penal de fecha 04-09-2009, en relación con la disposición final quinta del C.....