DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos PRIMERO: AUTORIZA EL TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO en la ciudad de Caracas, al penado MUÑOZ RIVAS WILLY ORLANDO, titular de la cédula de identidad Nro. 17.483.091, de nacionalidad venezolana, natural de la Guaira donde nació el 07-02-1984, de estado civil soltero, de profesión u oficio Electricista, residenciado en el Sector Nuevo Mundo, avenida Simón Rodríguez, casa s/n, Macuto Estado Vargas, como fórmula de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: deberá pernoctar dicho ciudadano en el Centro de destinado para tal efecto en dicho Centro Penitenciario. TERCERO: el mismo .....