En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA LIBERTAD CONDICIONAL, al penado ROBERT JOSE PACHECO PEREZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.930.180, como Medida alternativa de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 471 ordinal 1º y antiguo articulo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando el penado de marras obligado a cumplir las condiciones establecidas en la parte motiva de la presente decisión, con la advertencia de que el incumplimiento de alguna de las condiciones mencionadas, dará lugar a la revocatoria de la Formula otorgada.