DISPOSITIVA
En méritos a las anteriores consideraciones, este JUEZ UNIPERSONAL N° 1 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en Nombre
de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Obligación Alimentaria intentada por la ciudadana: ALEIKA YDALI JIMENEZ venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.573.819 en contra del ciudadano JOSE GILBERTO OROZCO venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.682.884, a favor de los niños JOSE GILBERTO y JUAN ANTONIO, en consecuencia se Fija la cantidad de OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES (Bs. 82.368,oo ) mensuales la Obligación Alimentaria para los referidos niños, lo cual equivale a un tercio (1/3) de un salario mínimo dec.....